Sobre la nueva Proposición de Ley para nacionalizar Repsol
El pasado 27 de febrero de 2026 se registró en el Congreso de los Diputados una nueva Proposición de Ley que se titula así: “Proposición de Ley de nacionalización de Repsol y de su reconversión en una empresa pública al servicio de una transición energética verde y justa.”
Se presentó por el Grupo Parlamentario Mixto, acordando la Mesa su admisión a trámite y dar traslado de la misma al Gobierno a los efectos del artículo 126 del Reglamento de la Cámara, cuya publicación atiende, asimismo, al 97 del mismo Cuerpo Reglamentario.
La Real Academia Española define la proposición de ley como la «Iniciativa legislativa que, a diferencia del proyecto de ley, se presenta ante el órgano legislativo competente (Congreso, Senado, parlamentos autonómicos) por órgano distinto del Gobierno, ya sea por el Congreso, Senado, Asamblea Legislativa Autonómica o iniciativa legislativa popular.»
Su regulación la encontramos en los artículos 124 a 127 del Reglamento del Congreso, informando el 124 que, su presentación, vendrá acompañada de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellas.
Si acudimos a esa proposición de ley, la exposición de motivos ocupa dos páginas, pero podemos acercarnos al motivo principal —al menos, teórico— a través del objetivo, que se define en sus artículos primero y segundo:
«Artículo 1. Objetivo.
1. Esta ley tiene por objeto la nacionalización de Repsol como principal empresa contaminante de matriz española de cara a su reconversión en una empresa pública energética multiservicio que acelere la transición verde y justa de nuestro sistema productivo y de consumo.
2. La finalidad de esta ley es descarbonizar lo más pronto posible la principal empresa contaminante domiciliada en nuestro suelo, evitando el crecimiento de su actividad de quema de combustibles fósiles de cara a poder cumplir con los compromisos climáticos derivados del Acuerdo de París y la ley europea del clima.
Artículo 2. Utilidad pública de la nacionalización de Repsol.
La ley presente otorga el carácter de decisión de «utilidad pública» a todos los efectos legales pertinentes a la nacionalización de Repsol sobre la base del interés general de la protección de un clima seguro para la humanidad presente y futura.»
Como se anticipaba al principio, se ha procedido a la tramitación de la misma en los términos del artículo 126 del Reglamento de la Cámara. Ahora el Gobierno procederá a manifestar su criterio respecto a la toma en consideración, así como su conformidad o no a la tramitación «si implicara aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios.» Para ello, dispone hasta el 7 de abril a las 18:00 horas, aunque no se prevé —nuevamente[1]— un resultado favorable para el Grupo Mixto, dado que esta operación podría implicar un gasto adicional de casi 9.000 millones de euros y el Gobierno no es la primera vez que muestra su disconformidad [2].
Fuentes: